Universidad de Salamanca

BECAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

Plazo de presentación:
16 enero - 22 febrero de 2024

Procedimiento ONLINE

Modelo firmas unidad familiar

Convocatoria completa pdf

Extracto BOCYL

Consultas y sugerencias

AYUDAS AL ESTUDIOAYUDAS AL ESTUDIO

CURSO 2023/2024

Ayudas al Estudio para estudiantes de la Universidad de Salamanca matriculados en estudios de Grado. Estas ayudas son incompatibles con las becas del Ministerio de Educación para la misma finalidad.

Resumen de la convocatoria, que puede consultarse completa en el pdf del margen derecho

Condiciones generales para ser beneficiario

Podrán ser beneficiarios los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:

1º) Poseer nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea.
Los ciudadanos de terceros países deberán acreditar la condición de residente en España, a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, no teniendo esta consideración quienes se encuentren en situación de estancia.

2º) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.

3º) El número de créditos matriculados, tanto en el último curso realizado como en el actual, no podrá ser inferior a 30, según lo establecido como matrícula mínima en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional salvo cuando, para finalizar los estudios, le reste un número de créditos inferior a dicho mínimo.

No podrán solicitar esta ayuda los estudiantes de otras universidades que se encuentren desarrollando en la Universidad de Salamanca un programa de movilidad nacional o internacional.

4º) Los solicitantes de la ayuda de segundos y posteriores cursos deberán haber superado en el último curso realizado los siguientes porcentajes de los créditos matriculados:

Rama de conocimiento

Porcentaje de créditos a superar

Arte y Humanidades
80%
Ciencias Sociales y Jurídicas
80%
Ciencias de la Salud
70%
Ciencias
55%
Ingeniería o Arquitectura
55%

5º) No superar los siguientes umbrales económicos y patrimoniales establecidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional (umbral 3) en la convocatoria de carácter general. A estos efectos se computarán los datos del ejercicio 2022:

UMBRALES ECONÓMICOS

Familias de 1 miembro computable ................................ 14.112 euros
Familias de 2 miembros computables ............................. 24.089 euros
Familias de 3 miembros computables ............................. 32.697 euros
Familias de 4 miembros computables ............................. 38.831 euros
Familias de 5 miembros computables ............................. 43.402 euros
Familias de 6 miembros computables ............................. 46.853 euros
Familias de 7 miembros computables ............................. 50.267 euros
Familias de 8 miembros computables ............................. 53.665 euros
A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

UMBRALES PATRIMONIALES (MÁXIMOS)

- Valor catastral de las fincas urbanas o de construcciones situadas en fincas rústicas (excluida la vivienda habitual): 42.900 euros
Este valor se multiplicará por el coeficiente establecido en la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional en función del año de revisión

- Valor catastral de las fincas rústicas (por cada miembro computable): 13.130 euros

- Rendimiento neto reducido del capital mobiliario: 1.700 euros

Cuando sean varios los elementos patrimoniales de que dispongan, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente. Se denegará la ayuda cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.

- Ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva o de una participación en los términos establecidos en la convocatoria del Ministerio: 155.500 euros

Cuantía de la beca

El importe de la beca será ingresado en el número de cuenta del beneficiario y se corresponderá con las tasas de matrícula del curso 2023/2024, a pagar por el solicitante en concepto de precios públicos por servicios académicos de los créditos matriculados por primera vez, una vez aplicadas las exenciones y bonificaciones a las que tenga derecho.

En el caso de existir un número de solicitantes con derecho a la ayuda cuyo importe total sea superior a la dotación presupuestaria, el Jurado de Selección podrá reducir en el porcentaje que acuerde la cuantía máxima de las becas para ajustarlo al límite presupuestario establecido en convocatoria.

Incompatibilidades

Estas becas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda para la misma finalidad.

Solicitudes

La solicitud, dirigida al Servicio de Becas y Ayudas al Estudio como órgano instructor del procedimiento, se presentará en la Sede Electrónica a través del trámite específico "Ayudas al Estudio", para lo cual el solicitante deberá acceder con cualquiera de los métodos de autentificación ofrecidos, incluido IdUSAL, disponible en:

https://sede.usal.es/procedimientos?param1=BECUSA

La presentación de la solicitud implicará la autorización a la Universidad de Salamanca para obtener, a través de las correspondientes administraciones tributarias, los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio de la unidad familiar a efectos de beca.

La solicitud de esta beca no conlleva la exención del pago de matrícula ni su aplazamiento. Asimismo, implica la aceptación de las bases de la convocatoria.

Documentación

Junto a la solicitud, se aportarán los siguientes documentos:

a) Modelo de firmas complementario a la solicitud, que autoriza a la Universidad de Salamanca para obtener, a través de las correspondientes administraciones tributarias, los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio de la unidad familiar a efectos de beca.

b) Los solicitantes extranjeros presentarán fotocopia del NIE y documento identificativo de los miembros computables de su unidad familiar.

c) Los solicitantes cuyos ingresos familiares hayan tenido lugar en el extranjero durante el año 2022, deberán presentar la documentación relativa a dichos ingresos.

d) Los solicitantes que tributen en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, deberán también presentar fotocopia de la declaración o declaraciones de la renta referidas al año 2022, correspondientes a todos los miembros computables de la unidad familiar. En su defecto, se deberá acompañar certificado de imputaciones del año 2022.

e) El estudiante que presente su solicitud como independiente, deberá acreditar su independencia económica y familiar, cualquiera que sea su estado civil, aportando los medios económicos con que cuenta, y la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual.

f) Documentación acreditativa de las circunstancias personales de carácter especial, en su caso.

g) Documentación acreditativa de las situaciones que dan derecho a deducciones:
- Fotocopia del carné de familia numerosa.
- Certificado de cada hermano, hijo o el propio solicitante que esté afectado de un grado de discapacidad, legalmente calificada, superior al treinta y tres por ciento.
- Resguardo de matrícula de cada hermano menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar.
- Orfandad absoluta (sólo para menores de 25 años).
Deberá acreditarse que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2022.
La presentación de la documentación indicada en este apartado g) podrá sustituirse por la declaración responsable del solicitante, según se establece en el art. 69 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que las administraciones tributarias no dispongan de datos de alguno de los miembros de la unidad familiar o si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los mismos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar, denegándose la beca en caso contrario.

 

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a su publicación en el BOCYL (prevista para mediados de enero de 2024) hasta el 22 de febrero de 2024, inclusive.

 
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